Juntos Municipalidad y Población Aportando para una mejorar calidad de vida
S. Juan Valdivia Mosquera
Introducción
El presente contenido tiene por objetivo, la sensibilización y fortalecimiento de capacidades de las municipalidades (alcaldes, regidores y servidores públicos) y población en la participación, ocupación, uso, organización y planificación del territorio urbano y rural, en la construcción de habilitaciones urbanas y de edificaciones en la Región de Cajamarca, para lograr:
- Edificaciones sostenibles y adecuadas a las necesidades ciudadanas
- Mejora de calidad de vida
- Reducción de la pobreza
- Municipalidad eficiente y eficaz, con responsabilidad social
Para ello haremos referencia a las normas más relevantes de la materia entre otras a la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972, al Decreto Supremo No 011-2006-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edificaciones y Decreto Supremo No 004-2019 JUS, Texto Único Ordenado de la Ley 24777, Ley del Procedimiento Administrativo General. Contenido basado en la experiencia y la responsabilidad social del autor, que cree que la innovación es uno de los ejes que impulsan la modernización de los gobiernos locales y por lo tanto es necesario de buenas prácticas innovadoras que conlleven a dar solución a los problemas actuales en la región Cajamarca.
La informalidad e impunidad edificatoria se debe entre otros al incumplimiento de las normas administrativas, técnicas y legales de la materia, en la organización del espacio físico y uso racional del suelo, la ocupación del territorio (invasiones y compra venta no autorizada de predios), la autoconstrucción de habilitaciones urbanas y de edificaciones (sin licencias de habilitación urbana y /o de edificación). Es promovida mayormente por los intereses particulares, políticos o partidarios de los actores de las edificaciones: alcalde, regidores, funcionarios y servidores públicos, y la población: instituciones públicas y privadas, sociedad civil y ciudadanía en general.
Para resolver los problemas de siempre, la resistencia de los gobiernos locales para cumplir con su función de planificar el desarrollo integral de sus circunscripciones, en concordancia con los planes y políticas nacionales, sectoriales y regionales, promoviendo las inversiones y la participación ciudadana, conforme a las normas vigentes de la materia. Para lograr la mejora de calidad de vida, tener acceso a una edificación sostenible, el crecimiento sostenible de las ciudades y lograr municipios eficientes, eficaces y con responsabilidad social, prevaleciendo el interés general y el bien común; escribimos el presente; para hacer más fáciles la vida de las personas y darles bienestar general. Evitando los gastos que significan la formalización y el saneamiento físico legal de las habilitaciones urbanas y edificaciones informales tanto a los ciudadanos infractores como a las municipalidades correspondientes para la dotación de servicios básicos, como obras de infraestructura, pistas, veredas y obras complementarias.
- Público Objetivo
Lo constituyen los dos elementos esenciales de los gobiernos locales, establecido en el artículo I de la Ley orgánica de Municipalidades, constituidos por la municipalidad (alcalde, regidores, funcionarios y servidores públicos) y la población (instituciones públicas y privadas, sociedad civil y población en general). Elementos esenciales que, si cumplen permanentemente sus derechos y responsabilidades establecidas en las normas administrativas, técnicas y legales de regulación municipal en la planificación territorial y urbana sostenible, habilitaciones urbanas y de edificaciones lograran el desarrollo urbano sostenible de nuestras ciudades, generando el desarrollo económico local, regional y nacional, mejorando la calidad de vida y la reducción de pobreza afectada por el COVID -19
- Contenidos:
Capítulo 1, Reglamento Nacional de Edificaciones y normas relevantes
El D.S. No 011-2006-VIVIENDA, Reglamento Nacional de Edificaciones, en la Norma G.010 Consideraciones básicas, establece que este reglamento tiene por objeto normar los criterios y requisitos mínimos para el Diseño y ejecución de las Habilitaciones Urbanas y las Edificaciones, permitiendo de esta manera una mejor ejecución de los planes urbanos.
Es la norma técnica rectora en el territorio nacional y de aplicación obligatoria para quienes desarrollen procesos de habilitación urbana y edificación en el ámbito nacional.
En la Norma G.030 Derechos y responsabilidades, establece los derechos y responsabilidades de los actores que intervienen en el proceso edificatorio.
El D.S. No 022-2016-Vivienda, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, que establece en el artículo 3° la función planificadora de los gobiernos locales, y el Artículo 12° La aprobación de los instrumentos de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano sostenible.
El D.S. No 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley No 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece el cumplimiento del Artículo 5°. – Objeto o contenido del acto administrativo, Artículo 66°. – Derechos de los administrados, Artículo 67°. – Deberes generales de los administrados en el procedimiento, Artículo 116°. – Derecho a formular denuncias
Capítulo 2, Derechos y responsabilidades en el desarrollo urbano sostenible
Trata los derechos y deberes (obligaciones) y responsabilidades (atribuciones, competencias, funciones, facultades especiales) de las municipalidades (alcalde, regidores, funcionarios y servidores públicos) y la población en general de las respectiva jurisdicción municipal, respecto de la organización del espacio físico y uso del suelo, habilitaciones urbanas y de edificaciones; establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible; Reglamento Nacional de Edificaciones, Ley del Procedimiento Administrativo General y otras normas de la materia.
Capítulo 3, Situación del desarrollo urbano Región Cajamarca al 2020
Describe los Gobiernos locales de la Región Cajamarca, es decir las municipalidades provinciales y distritales en conformidad con el Sistema Nacional de Centros Poblados SINCEP; y. situación al 2020. Según el documento “Perú: Indicadores de Gestión Municipal 2019”, del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI, de 13 municipalidades provinciales y 114 municipalidades distritales, que hacen un total de 127 en la Región Cajamarca, se tiene que cuatro (4) (32.4%) municipalidades, tienen Plan de Acondicionamiento Territorial PAT; veinte y dos (22) (17.32%) tienen Plan de Desarrollo Urbano PDU o Esquema de Ordenamiento Urbano – EOU/EU, según corresponda; y quince (15) (11.81%) tienen Plan de Desarrollo de Capacidades (PC).
Por otro lado, el INEI en el “Mapa de pobreza monetaria provincial y distrital 2018” indica que los distritos más pobres se ubican en los departamentos de Cajamarca, Ayacucho y Huancavelica. Estando en Cajamarca 16 de los 20 distritos más pobres del país. Los distritos de Oxamarca (Celendín) y Anguia (Chota) se ubican en segundo y tercer lugar de pobreza monetaria, situación que se agrava con el COVID 19.
Capítulo 4, Buenas prácticas para el desarrollo urbano sostenible
Trata de las buenas prácticas que deberán ejecutar con acciones o iniciativas de los alcaldes, regidores, funcionarios y servidores públicos de una jurisdicción municipal, para mejorar la calidad de vida de los habitantes de una forma sostenible; cumpliendo a cabalidad sus atributos, competencias, facultades y funciones establecidos en las normas administrativas, técnicas y legales que regulan el funcionamiento de los gobiernos locales. Así mismo las buenas prácticas de la población para cumplir con sus deberes y derechos establecidos en las normas de la materia y normas conexas, que aportan a mejorar la calidad de vida, al desarrollo urbano sostenibles y al desarrollo económico local.
Capítulo 5, Conclusiones y recomendaciones
Se indica las conclusiones y recomendaciones a tomar en cuenta por municipios innovadores es decir por los alcaldes, regidores, funcionarios, servidores públicos de las municipalidades y la población en general para cumplir con sus deberes, derechos y responsabilidades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, Reglamento Nacional de Edificaciones , Ley del Procedimiento Administrativo General y otras normas para aportar con el desarrollo urbano sostenible de nuestras ciudades; con la emisión de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, Recepción de obras de habilitaciones, Conformidad de obra y Declaratoria de Edificaciones.